Por: El Colombiano

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Este artículo fue curado por Luis Bello   Abr 16, 2024 - 10:11 pm
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La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decidió no conceder, al menos por el momento, la libertad anticipada a Salvatore Mancuso. Ante esta decisión, por parte de la defensa del exjefe paramilitar, se planea apelar la decisión del tribunal de justicia transicional.

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Juan Carlos Villamizar, asesor legal de Mancuso anunció la apelación argumentando que la Sala de Definición ha otorgado libertades en casos con “requisitos menos estrictos” que los que ya cumple su cliente.

Estamos ante una situación en la que evidentemente no hay garantías y, por lo tanto, vamos a apelar esa decisión y a exponer de una manera fundada y detallada los argumentos que tenemos para creer que el señor Mancuso tiene derecho al beneficio de la libertad condicional”, dijo Villamizar a Blu Radio.

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Sin embargo, la JEP consideró que Mancuso no cumple con los requisitos necesarios para que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas pueda otorgar este beneficio.

Ante la decisión, el asesor de Mancuso señaló que “hablamos de una persona que ha cumplido con su condena y no hay justificación alguna para que siga privado de la libertad, y al día de hoy no hay un juez que tome esa decisión por una cuestión de competencia; por lo tanto, sigue privado de la libertad una persona que no debería estar en tal situación”.

Villamizar resaltó que el exjefe paramilitar fue nombrado gestor de paz, lo cual, en su opinión, debería ser considerado por la Sala de Definición al evaluar su solicitud de libertad.

“Súmele a ello que esta persona fue nombrada gestor de paz por el Gobierno para desarrollar una tarea de vital importancia en la agenda de paz de este país, elemento que la Sala de Definición tampoco tuvo en cuenta”, subrayó el asesor al medio mencionado.

La Jurisdicción Especial para la Paz explicó que “la Sala de Definición primero debe tomar en consideración la revocatoria de la libertad relacionada con por lo menos 2.600 hechos que cursan contra Mancuso en Justicia y Paz, al igual que las decisiones sobre su libertad adoptadas por ese tribunal”.

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Asimismo, explicó que el beneficio de libertad transitoria no es un derecho automático y es un “beneficio transicional que siempre está sujeto a varios requisitos que lo condicionan y que deben cumplirse en el marco de la ley”.

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